La medida pretende proteger el turismo y la hostelería, y forma parte de una enmienda a la Ley de Atención al Cliente, que se encuentra en la fase final de tramitación parlamentaria, para modificar la Ley General para la Defensa de los Consumidores.

En cuanto a la primera novedad, a diferencia de la propuesta realizada en Italia, el comercio en España deberá probar fehacientemente que la reseña no es real, con independencia de los motivos que presente, que pueden ser: que el consumidor no ha comprado el producto o disfrutado del servicio, o porque su contenido no es veraz.

"Al tratarse de una norma general, no se especifica cómo debe probar el comerciante la falta de veracidad de la reseña, pudiéndose utilizar elementos adaptados al caso concreto: pruebas que demuestren que una factura mostrada en la reseña ha sido manipulada o que los precios referidos en las reseñas no son reales, por ejemplo", explican desde Consumo, citados por RTVE.

Además de estas novedades, el ministerio recordó otras iniciativas ya presentes en la ley, como la prohibición de comprar y vender reseñas o la obligación de indicar si se ha comprobado que la reseña ha sido presentada por un consumidor real.