Desde este lunes, 2 de diciembre, el sector turístico en España -agencias de viajes, rent-a-cars, hoteles, albergues, unidades de turismo rural- están obligados a recopilar 42 datos de sus clientes.

Esta medida, incluida en el Real Decreto 933/2021, levantó protestas entre el sector turístico en España, pero el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, impuso su voluntad, justificándola con el hecho de que estos registros permitieron la localización de muchos delincuentes buscados, indicando a la prensa española que, según estimaciones de entidades oficiales, "más de 15 mil delincuentes fueron localizados gracias a la colaboración de hoteles y agencias".

Entre los datos que se recabarán del cliente figuran nombre y apellidos, sexo, número de documento de identidad, nacionalidad, fecha de nacimiento, lugar de residencia habitual, teléfonos, correo electrónico, número de viajeros y parentesco (en el caso de los menores) y datos de las transacciones.

Como se ha dicho, las empresas deberán facilitar hasta 42 datos de clientes, argumentando las patronales turísticas que el tratamiento masivo de datos personales previsto en el Real Decreto vulnera la normativa de la Unión Europea (UE) sobre protección de datos y privacidad, incluidos los incluidos en los medios de pago, además de, según ellas, aumentar la carga burocrática de las empresas que, en la mayoría de los casos, son pequeñas compañías sin capacidad para recabar y tratar estos datos.

El registro sólo recoge infracciones graves y leves, habiéndose omitido las infracciones muy graves previstas en la Ley de Seguridad Ciudadana. Las infracciones leves serán sancionadas con multas de 100 a 600 euros sólo si son irregularidades continuadas, mientras que las graves, con multas de 601 a 30.000 euros, se aplicarán por falta de registro y omisión total de información.

La multa para quienes no sigan la "norma Marlaska", como se conoce en España, puede alcanzar los 30.000 euros.