El recargo del IVA a las viviendas vacacionales forma parte de un debate a nivel comunitario, que coincide con la iniciativa europea de crear un registro único de alquileres y permitir a los Estados gravar los alquileres de corta duración, en la que España ha tomado la delantera.

Ante este escenario, se ha producido un cambio en la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), especificando que, además de los supuestos anteriores, los alquileres por un periodo inferior a 30 noches también tributarán al 21%, pagando el impuesto máximo sobre el consumo previsto en la legislación.

Para no penalizar a los pisos turísticos de las ciudades pequeñas, se hace una excepción con los municipios de 10.000 habitantes o menos, en los que los alquileres de corta estancia no pagan IVA. La ministra de Vivienda, Isabel Rodríguez, ha reiterado en numerosas ocasiones que el alquiler vacacional puede tener un efecto positivo, dinamizando la economía e incluso fijando población en las pequeñas localidades, señala El País.